Disposición Stony Brook de atención médica organizada - Aviso de Privacidad

ESTE AVISO DESCRIBE CÓMO SE PUEDE USAR Y DIVULGAR (COMPARTIR) SU INFORMACIÓN MÉDICA (O INFORMACIÓN MÉDICA PROTEGIDA), Y CÓMO PUEDE ACCEDER A ELLA. POR FAVOR, LÉALO DETENIDAMENTE.

La Información Médica Protegida (PHI) está protegida por la Ley de Portabilidad y Responsabilidad de la Información Médica (HIPAA). Algunos ejemplos de PHI incluyen su diagnóstico, resultados de análisis de laboratorio, medicamentos, información sobre los servicios de atención médica que ha recibido o recibirá en el futuro, información demográfica, números únicos que lo identifican (como su número de Seguro Social o número de historial médico) e información sobre su seguro médico.

El Acuerdo de Atención Médica Organizada de Stony Brook

El Acuerdo de Atención Médica Organizada de Stony Brook (SBOHCA) se formó con el único propósito de garantizar el cumplimiento de la HIPAA y no genera declaraciones legales, garantías, obligaciones ni responsabilidades más allá del cumplimiento de la HIPAA. Las entidades del SBOHCA incluyen todos los campus del Hospital Universitario Stony Brook (SBUH), incluidos el Hospital Stony Brook Eastern Long Island (SBELIH) y el Hospital Stony Brook Southampton (SBSH); las Corporaciones de Práctica Docente Universitaria (UFPC); Stony Brook Community Medical, PC (SBCM); Meeting House Lane Medical Practice, PC; el Hogar de Veteranos del Estado de Long Island (LISVH); Stony Brook Health Partners, LLC; y varias facultades académicas de ciencias de la salud de la Universidad de Stony Brook, incluidas la Facultad de Medicina, la Facultad de Odontología, la Facultad de Enfermería, la Facultad de Profesiones de la Salud, la Facultad de Bienestar Social y el Programa de Salud Pública; sus empleados, profesionales contratados y estudiantes; y los miembros voluntarios del personal médico del SBUH. Las entidades que participan en el SBOHCA se comprometen a cumplir con los términos de este Aviso de Prácticas de Privacidad (el «Aviso») en relación con la PHI. Este Aviso se aplica a todos estos sitios, denominados «SBOHCA», también conocidos como «Stony Brook Medicine».

Las entidades de SBOHCA pueden compartir su PHI entre sí, según sea necesario para llevar a cabo tratamientos, pagos y operaciones de atención médica relacionadas con SBOHCA. Las entidades cubiertas que conforman SBOHCA pueden tener diferentes políticas y procedimientos para el uso y la divulgación de la información médica generada o conservada en cada uno de sus centros. Asimismo, si bien todas las entidades que conforman SBOHCA utilizan este Aviso, los miembros voluntarios del personal médico de SBUH utilizan un Aviso específico para su práctica cuando prestan servicios en sus centros de práctica privada. Si tiene alguna pregunta sobre cualquier parte de este Aviso o si desea obtener más información sobre las entidades de SBOHCA (en adelante, "nosotros" o "Stony Brook Medicine"), comuníquese con la Oficina de Privacidad utilizando la información de contacto que se encuentra al final de este Aviso.

El Plan de Atención Médica Organizada de Stony Brook puede usar y divulgar su PHI de la siguiente manera:

Tratamiento: Para fines relacionados con su atención médica. Esto generalmente se refiere a la prestación, coordinación o gestión de su atención médica y servicios relacionados, entre proveedores de atención médica, por parte de un proveedor de atención médica con un tercero, consultas entre proveedores de atención médica o una derivación de un proveedor de atención médica a otro. Esto significa que podemos divulgar su PHI a médicos, enfermeras, técnicos, estudiantes, farmacias, laboratorios, organizaciones de atención responsable u otras personas involucradas en su atención, tanto dentro como fuera de SBOHCA. Por ejemplo, si su médico de cabecera lo deriva a un cardiólogo para una consulta, este puede compartir su PHI con el cardiólogo para que este pueda utilizarla para evaluarlo y tratarlo.

Pago: Para cobrar los servicios que le brindamos. Esto incluye usar o divulgar su PHI para enviar facturas y cobrarle a usted, a su compañía de seguros o a otros pagadores, como Medicare y Medicaid. También podemos informar a su aseguradora médica sobre un tratamiento recomendado para decidir si su plan cubrirá el costo o si obtendrá aprobación previa. Asimismo, podemos divulgar su PHI a otros profesionales de la salud para que puedan cobrar los servicios que le brindaron.

Operaciones de atención médica: Para las actividades necesarias para el funcionamiento de nuestra empresa, el apoyo al tratamiento que brindamos a nuestros pacientes y residentes («pacientes») y el cobro de pagos. Por ejemplo, su PHI podría utilizarse o divulgarse para realizar actividades de mejora de la calidad, evaluar las competencias de los profesionales sanitarios y obtener y mantener acreditaciones y certificaciones.

Directorio de instalaciones: Incluir su nombre, ubicación en el centro, estado médico general (como regular o estable) y religión en el directorio del centro si se encuentra en uno de nuestros centros. A menos que opte por no hacerlo, esta información podría compartirse con personas que pregunten por usted por su nombre. Su religión solo se compartirá con clérigos, como pastores, sacerdotes o rabinos. Esto es para que sus familiares, amigos y clérigos puedan hablar con usted por teléfono o visitarlo y, en general, sepan cómo se encuentra. Si no desea que esta información aparezca en el directorio del centro, debe solicitar su exclusión durante el registro o hablar con un miembro de su equipo de atención.

Personas involucradas en su atención o en el pago de su atención: Para informar o ayudar a informar a un familiar, pariente o amigo cercano sobre su condición, cualquier otra información necesaria para participar en su atención médica o en caso de fallecimiento. Si no puede o no está presente para aceptar u oponerse a estas divulgaciones, nuestros profesionales de la salud utilizarán su mejor criterio para compartir su PHI con su familia, amigos y otras personas. Si otra persona tiene la autoridad para tomar decisiones sobre su atención médica, le divulgaremos la PHI pertinente para que pueda tomarlas. Los padres y tutores legales de menores generalmente pueden tomar decisiones médicas en nombre de pacientes menores, a menos que la ley permita al menor actuar en su propio nombre y tomar sus propias decisiones médicas en ciertos casos.

Alivio de desastres: A una entidad pública o privada autorizada para colaborar en caso de emergencia o desastre, como la Cruz Roja Americana, para que su familia esté informada sobre su condición, estado y ubicación. Si podemos hacerlo sin afectar nuestra respuesta a la emergencia, intentaremos obtener su permiso antes de divulgar su PHI.

Las personas fallecidas: A familiares, parientes o amigos cercanos de una persona fallecida que participaron en la atención médica o el pago de la misma. Solo compartiremos la PHI relacionada con su participación en la atención médica o el pago de la misma, a menos que hacerlo contradiga alguna preferencia expresada previamente por la persona fallecida, de la que tengamos conocimiento.

Salud pública: A organismos de salud pública por razones de salud pública, como detener o controlar enfermedades, lesiones o discapacidades; informar eventos vitales, como nacimientos y muertes; informar sobre abuso o negligencia infantil o violencia doméstica, reacciones a medicamentos o problemas con dispositivos médicos; e informar a su empleador sobre hallazgos de enfermedades o lesiones relacionadas con el trabajo.

Supervisión de salud: A los organismos de supervisión de salud para actividades de supervisión de salud tales como auditorías, investigaciones, inspecciones, licencias, acciones disciplinarias u otras actividades necesarias para una supervisión adecuada del sistema de atención de salud.

Procedimientos Judiciales y Administrativos: A tribunales, abogados y empleados judiciales en respuesta a una orden judicial, citación, solicitud de descubrimiento u otras solicitudes legales, o para defendernos en una demanda.

Cumplimiento de la ley: A un agente del orden público, según lo exija la ley, por ejemplo, para informar sobre ciertos tipos de heridas o lesiones, o en respuesta a una orden judicial, una orden judicial, una citación, un requerimiento o una solicitud administrativa, en ciertos casos. También podríamos usar o divulgar su PHI a un agente del orden público en casos especiales, como para identificar o localizar a un sospechoso o una persona desaparecida; en ciertos casos, si sospechamos que usted es víctima de un delito, si sospechamos que una muerte fue consecuencia de un delito o si un delito ocurrió en una de nuestras instalaciones; o si se encuentra bajo custodia de las fuerzas del orden público.

Médicos forenses, legistas y directores de funerarias: A los médicos forenses y legistas, la información médica protegida (PHI) de una persona fallecida, por ejemplo, para determinar la causa de la muerte o su identificación. A los directores de funerarias, la PHI de una persona fallecida, o con una previsión razonable de fallecimiento, para que estos puedan llevar a cabo sus funciones.

Donación de órganos, ojos o tejidos cadavéricos: A las agencias de obtención de órganos u otras entidades dedicadas al hallazgo, almacenamiento o trasplante de órganos, ojos o tejidos cadavéricos.

Investigación: Para mejorar los resultados de los pacientes y promover las ciencias de la salud mediante la investigación clínica. Cuando lo apruebe una Junta de Revisión Institucional (JRI) u otro proceso de aprobación especial, y lo permitan las leyes estatales y federales, incluida la HIPAA, podremos usar o divulgar su PHI para realizar o preparar futuros estudios de investigación. Nuestros investigadores podrían contactarle para preguntarle si le interesa participar en estudios de investigación aprobados. Si bien tiene la opción de rechazar participar en un estudio cuando nos pongamos en contacto con usted, también puede optar por no recibir dichas comunicaciones durante el proceso de registro o llamando al (631) 638-1801 o correo electrónico contactos de investigación@stonybrookmedicine.edu y proporcionando su nombre, fecha de nacimiento y número de teléfono. Su decisión no afectará su tratamiento y su información médica protegida seguirá vigente.

Para evitar una amenaza grave a la salud o la seguridad: Para prevenir o mitigar una amenaza a la salud y seguridad de una persona o del público. Cualquier divulgación de PHI realizada para intentar detener una amenaza grave a la salud o seguridad se realizaría a alguien que consideramos capaz de prevenir o mitigar dicha amenaza.

Funciones Gubernamentales Especializadas: Para actividades relacionadas con el ejército, veteranos, seguridad nacional e inteligencia; servicios de protección para el Presidente y otros funcionarios importantes, y en situaciones de custodia policial por ciertas razones, como brindar atención médica y proteger la salud y seguridad de los reclusos.

Compensación de trabajadores: Para compensación laboral o programas similares que brindan beneficios por lesiones o enfermedades relacionadas con el trabajo.

Recaudación de fondos: Para recaudar fondos para Stony Brook Medicine, lo que incluye contactarlo. Puede optar por no ser contactado para recaudar fondos comunicándose con la Oficina de Privacidad utilizando la información de contacto que aparece al final de este Aviso.

Opciones de tratamiento y otros productos y servicios relacionados con la salud: Para contactarle sobre tratamientos u otros productos y servicios de salud que ofrecemos y que puedan ser de su interés. Sin embargo, el uso o la divulgación de su PHI con fines comerciales, salvo para conversaciones personales con usted o regalos promocionales de bajo valor, requiere su autorización, como la venta de su PHI con fines comerciales o el envío de folletos sobre productos o servicios que no formen parte del SBOHCA, cuando el mensaje no tenga como objetivo brindar asesoramiento sobre tratamientos.

Recordatorios de citas: Para recordarle sus citas médicas. Por ejemplo, podemos usar el número de teléfono móvil que nos proporcione para enviarle mensajes de texto y recordarle detalles como la fecha, la hora y el lugar de su cita.

Socios de negocio: A un socio comercial, que suele ser un proveedor que contratamos para que nos preste un servicio o realice una función o actividad en nuestro nombre, como una empresa de facturación o un servicio legal. Los socios comerciales deben garantizarnos por escrito que protegerán su PHI según lo exige la ley.

Cambio de propiedad: A un nuevo propietario/entidad. Si una o varias entidades de SBOHCA se venden o se separan, su PHI podría pasar a ser propiedad del nuevo propietario/entidad.

Requerido por la ley: Según lo requiera la ley federal, estatal o local.

Usos y divulgaciones de su PHI que requieren su autorización por escrito:

Notas de psicoterapia: Los profesionales de la salud mental toman notas en el historial médico que describen la psicoterapia que se está brindando. Esta información puede incluir detalles como los síntomas que se están tratando, el plan de tratamiento, los medicamentos y los resultados de las pruebas clínicas. Un profesional de la salud mental también puede tomar notas personales, que se conservan fuera del historial médico, para documentar o analizar la conversación en la sesión de psicoterapia. Estas notas, que se conservan fuera del historial médico, en la mayoría de los casos, no se divulgarán sin su autorización.

Venta de PHI: No venderemos su PHI sin su autorización por escrito. Sin embargo, existen ciertos casos limitados en los que la ley nos permite recibir un pago por su PHI. Por ejemplo, podríamos divulgar información limitada sobre usted a un patrocinador para un estudio de investigación clínica, quien podría pagarnos una tarifa razonable basada en el costo de preparar y transmitir la PHI. Obtendremos su consentimiento para que protejan su PHI.

Otra información importante

Leyes más estrictas: Existen leyes estatales y federales más estrictas que la HIPAA. Por ejemplo, la ley del estado de Nueva York (NYS) exige su consentimiento general para el uso y la divulgación de su información con fines de tratamiento y pago, el cual se obtiene en el consentimiento general para el tratamiento. La ley del NYS tampoco permite la divulgación de información relacionada con el VIH ni de registros de centros de salud mental autorizados por ciertas razones permitidas por la HIPAA. La ley federal, 42 CFR Parte 2, no permite la divulgación de ciertos tipos de registros de tratamiento de trastornos por consumo de sustancias para ciertos fines permitidos por la HIPAA. Cumpliremos con estas leyes más estrictas y no divulgaremos su PHI para ningún propósito no permitido por estas leyes sin su consentimiento o autorización por escrito, según sea necesario. Para obtener más información sobre cómo manejamos ciertos tipos de registros de tratamiento de trastornos por consumo de sustancias protegidos por el 42 CFR Parte 2, consulte el Aviso de Prácticas de Privacidad de Stony Brook Medicine para la Información sobre el Tratamiento de Trastornos por Consumo de Sustancias protegida por el 42 CFR Parte 2 en stonybrookmedicine.edu/cuidadodelpaciente/privacidad, o puede solicitar una copia impresa en el registro o en la recepción.

Revocar una autorización: Puede revocar (cancelar) una autorización escrita en cualquier momento, siempre que la revocación se haga por escrito. Tenga en cuenta que no podremos retractarnos de las divulgaciones que ya hayamos realizado con su autorización escrita. Además, si la autorización escrita se obtuvo como condición para obtener una cobertura de seguro, otras leyes otorgan ciertos derechos a la aseguradora sobre la PHI.

Redivulgación de PHI: Tenga en cuenta que, una vez divulgada su PHI, la persona o entidad que la reciba podría compartirla y dejar de estar protegida por la HIPAA. Por ejemplo, si nos solicita que divulguemos su PHI a un familiar o a su abogado, una vez divulgada, es posible que la PHI deje de estar protegida por la HIPAA y se comparta.

Divulgaciones incidentales: Tomaremos medidas razonables para proteger su PHI; sin embargo, podrían ocurrir ciertos usos y divulgaciones incidentales de su PHI como resultado de los usos y divulgaciones permitidos, que son de naturaleza limitada y no pueden evitarse razonablemente. Por ejemplo, otras personas podrían escucharlo dar su nombre e información demográfica al registrarse para una cita con su médico o si un profesional de la salud habla con usted sobre su enfermedad y atención médica en una sala de urgencias concurrida.

Sus derechos con respecto a su información médica protegida

Derecho a acceder a su PHI: Puede consultar o recibir una copia de su PHI o solicitarnos que la enviemos a un tercero. Puede hacerlo enviando un formulario de Solicitud de Acceso a la PHI completo. Contamos con políticas y procedimientos para brindarle el acceso adecuado a su PHI, según lo exigen la HIPAA y la ley del estado de Nueva York. Organizaremos una manera sencilla para que reciba la PHI. Además, se la proporcionaremos en el formato que solicite si podemos producirla fácilmente en ese formato. De lo contrario, se la proporcionaremos en una copia impresa legible o en otro formato que ambos acordamos. Podríamos cobrarle una tarifa razonable para cubrir el costo de preparación de los registros. Para saber cómo solicitar acceso a su PHI en SBM, visite stonybrookmedicine.edu/atenciónpaciente/registromédico.

Podemos denegar el acceso a su PHI en casos muy limitados, según lo permitan las leyes estatales y federales. Si denegamos su solicitud de acceso a sus registros, podremos proporcionarle un resumen escrito de su historial o de ciertas partes del mismo, y usted tiene derecho a solicitar la revisión de la denegación. La carta que le informa sobre nuestra decisión de denegar su solicitud incluirá una descripción del proceso para dicha revisión. También podrá acceder a parte o a la totalidad de su PHI en un portal para pacientes. Puede hablar con alguien en el centro que visite sobre cómo solicitar acceso a su PHI y para obtener más información sobre cómo acceder a su PHI en un portal para pacientes.

Derecho a recibir comunicaciones confidenciales: Puede solicitar recibir comunicaciones sobre su PHI a través de un medio o lugar alternativo, y aceptaremos todas las solicitudes razonables. Por ejemplo, puede proporcionarnos su número de teléfono celular como su número principal en lugar de su número de teléfono fijo, o usar un apartado postal en lugar de su domicilio como su dirección principal. Si desea que nos comuniquemos con usted de cierta manera, no es necesario indicar el motivo, pero necesitaremos detalles sobre esta forma alternativa de contactarlo. Su solicitud debe presentarse por escrito completando el formulario de Solicitud de Comunicaciones Confidenciales de Información Médica Protegida y entregándolo a la Oficina de Privacidad utilizando la información de contacto que se encuentra al final de este Aviso. Si no podemos contactarlo por los medios o lugares solicitados, tenga en cuenta que podemos contactarlo utilizando cualquier información de contacto que tengamos.

Derecho a solicitar restricción en el uso y divulgación de PHI: Puede presentar una solicitud por escrito para restringir ciertos usos y divulgaciones de su PHI, incluyendo para tratamiento, pago y operaciones de atención médica, o a alguien involucrado en su atención o el pago de su atención, como un amigo o familiar. Si bien revisaremos su solicitud, no estamos obligados a aceptar la restricción solicitada, excepto en el caso de una solicitud para restringir la divulgación de su PHI a su plan de salud/aseguradora u otro pagador, si el pago de su bolsillo se ha recibido en su totalidad al momento de la prestación del servicio (a menos que dicha divulgación sea requerida por ley). Además, si necesita atención de seguimiento relacionada con el servicio no divulgado y decide que no desea pagar dicha atención en el momento en que se le proporciona, es posible que debamos informar a su aseguradora de salud sobre el servicio no divulgado previamente para recibir el pago por la atención de seguimiento. Para solicitar una restricción en la divulgación de su PHI a un plan de salud, una aseguradora u otro pagador externo, debe notificar a un miembro del personal de Stony Brook Medicine al registrarse para la consulta correspondiente y completar el formulario "Solicitud para restringir la divulgación de información médica a un plan de salud - Pago completo". Las demás solicitudes de restricción deben presentarse por escrito completando el formulario "Solicitud para restringir el uso y la divulgación de PHI" y entregándolo a la Oficina de Privacidad utilizando la información de contacto que se encuentra al final de este Aviso.

Derecho a solicitar una modificación de su PHI: Puede solicitar una modificación de su PHI. Para ello, complete el formulario de Solicitud del Paciente para la Modificación de la Información Médica Protegida y envíelo a la sede de Stony Brook Medicine o al departamento de Gestión de Información Médica del centro donde solicita la modificación. Revisaremos y responderemos su solicitud por escrito, pero no estamos obligados a realizar la modificación solicitada. Por ejemplo, podemos denegar la solicitud si consideramos que la PHI es precisa y completa sin la modificación solicitada. Si se deniega su solicitud, la respuesta por escrito incluirá el motivo de la denegación e información sobre cómo puede apelarla. Si se acepta la solicitud, compartiremos la PHI modificada con quien usted solicite.

Derecho a recibir un recuento de las divulgaciones de su PHI: Puede presentar una solicitud por escrito para recibir un informe (lista) de las divulgaciones de su PHI durante los últimos seis años. No estamos obligados a informarle sobre todas las divulgaciones de su PHI. Por ejemplo, no estamos obligados ni podremos proporcionarle un informe de las divulgaciones relacionadas con el tratamiento, el pago y las operaciones de atención médica; las divulgaciones realizadas a usted o a un tercero con base en su solicitud o una autorización firmada por usted; o a amigos o familiares involucrados en su atención o como parte de un directorio del centro. Las solicitudes deben presentarse por escrito completando el formulario de Solicitud de Informe de Divulgaciones y entregándolo a la Oficina de Privacidad utilizando la información de contacto que se encuentra al final de este Aviso.

Derecho a ser notificado de una violación de su PHI: Se le notificará en caso de una violación de la privacidad de su PHI no protegida por parte de Stony Brook Medicine o sus socios comerciales tan pronto como sea razonablemente posible, pero generalmente a más tardar 60 días después de que tengamos conocimiento de la violación. La notificación le indicará la(s) fecha(s) en que ocurrió el incidente, la fecha en que nos dimos cuenta de la violación, una breve descripción del tipo de información involucrada y las medidas que tomamos para mitigar y corregir la situación, así como su información de contacto para que pueda hacer preguntas y obtener más información.

Derecho a una copia impresa de este aviso: Puede solicitar una copia impresa de este Aviso en el registro o en la recepción. Si desea una descripción más detallada de cualquiera de estos derechos, o si desea ejercer uno o más de ellos y no sabe cómo hacerlo con base en la información contenida en este Aviso, puede comunicarse con la Oficina de Privacidad utilizando la información de contacto que se encuentra al final de este Aviso o visitando el sitio web de privacidad de Stony Brook Medicine en stonybrookmedicine.edu/patientcare/patientprivacy.

CAMBIOS A ESTE AVISO CONJUNTO DE PRÁCTICAS DE PRIVACIDAD

Las entidades individuales de la SBOHCA están obligadas por ley a cumplir con este Aviso. Este Aviso puede revisarse y estará disponible mediante solicitud verbal o escrita en cualquier sede de la SBOHCA o contactando a la Oficina de Privacidad utilizando la información de contacto que aparece al final de este Aviso o accediendo a él en línea en stonybrookmedicine.edu/cuidadodelpaciente/privacidad.

QUEJAS

Las quejas sobre este Aviso o cómo manejamos su PHI deben dirigirse a la Oficina de Privacidad utilizando la información de contacto que se encuentra al final de este Aviso o en sbuh.navexone.comNadie tomará represalias ni tomará medidas contra usted por presentar una queja de buena fe.

Si no está satisfecho con nuestra respuesta a su queja de privacidad o desea presentar una queja fuera de Stony Brook Medicine, puede presentar una queja ante el Departamento de Salud y Servicios Humanos, Oficina de Derechos Civiles en hhs.gov/hipaa/presentar-una-queja/index.html, por correo electrónico a OCRComplaint@hhs.gov, o por escrito a: Operaciones de gestión de casos centralizados, Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE. UU., 200 Independence Avenue, SW, Sala 509F, Edificio HHH, Washington, DC 20201.

Puede comunicarse con la Oficina de Privacidad de Stony Brook Medicine en:

7 Flowerfield, Suite 36, St. James, Nueva York 11780
Teléfono: (631) 444-5796
Fax: (631) 223-4310
Correo electrónico: HIPAA@stonybrookmedicine.edu

 

Para ver este aviso en español, puede solicitar una copia impresa en el área de registro.
o en la recepción, ingrese en stonybrookmedicine.edu/patientcare/sp-privacy
o escanear el código QR que se encuentra a continuación.

 

Fecha de entrada en vigor del aviso modificado: 16 de febrero de 2026

Para adaptaciones relacionadas con la accesibilidad, llame al (631) 444-4000.

La Universidad Stony Brook/SUNY ofrece igualdad de oportunidades educativas y como empleador. SBM2602 1376


Aviso de prácticas de privacidad
Información sobre el tratamiento de trastornos por consumo de sustancias protegida por el Título 42 del Código de Regulaciones Federales (CFR), Parte 2
Acuerdo de atención médica organizada de Stony Brook

LA LEY FEDERAL PROTEGE LA CONFIDENCIALIDAD DE LOS REGISTROS DE PACIENTES CON TRASTORNO POR CONSUMO DE SUSTANCIAS (“SUD”).

Este aviso describe:

  • Cómo se puede usar y divulgar (compartir) su información de salud;

  • Sus derechos con respecto a su información de salud;

  • Cómo presentar una queja sobre una violación de la privacidad o seguridad de su información de salud, o de sus derechos con respecto a su información.

USTED TIENE DERECHO A UNA COPIA DE ESTE AVISO (EN PAPEL O EN FORMA ELECTRÓNICA) Y A DISCUTIRLO CON LA OFICINA DE PRIVACIDAD EN (631) 444-5796 OR HIPAA@STONYBROOKMEDICINE.EDU SI TIENE ALGUNA PREGUNTA.

Este aviso complementa (agrega) la información en nuestro Aviso de Prácticas de Privacidad (“NPP”) del Acuerdo de Atención Médica Organizada de Stony Brook (SBOHCA), que se puede encontrar en stonybrookmedicine.edu/cuidadodelpaciente/privacidady describe las protecciones adicionales para los registros relacionados con la información del tratamiento de SUD (incluyendo drogas y alcohol) protegida por una ley federal llamada 42 CFR Parte 2 ("registros de la Parte 2"). Estamos obligados a proporcionar a los pacientes este aviso sobre nuestras obligaciones legales y prácticas de privacidad con respecto a los registros de la Parte 2 y a notificar (informar) a los pacientes afectados en caso de una vulneración de sus registros de la Parte 2 no protegidos. Este aviso se refiere generalmente a los registros de los programas designados para el tratamiento de SUD ("programas de la Parte 2") y no aplica a la información relacionada con la atención brindada fuera de estos programas, como la evaluación de abuso de sustancias realizada por su médico de cabecera.

La confidencialidad de los registros de la Parte 2 que conservamos está protegida por las leyes y regulaciones federales. Compartiremos sus registros de la Parte 2 con nuestro personal dentro de un programa de la Parte 2 según sea necesario para brindarle atención o facturarle los servicios. Sin embargo, por lo general, no podemos informar a ninguna persona ajena al programa de la Parte 2 que usted es paciente del programa ni divulgar información que lo identifique como consumidor de sustancias, excepto en los casos que se describen a continuación.

Usos y divulgaciones de los registros de la Parte 2 permitidos sin su consentimiento: 

  • Al personal médico (staff) en caso de emergencia médica; 

  • A organizaciones de servicios calificadas que prestan servicios en nuestro nombre y que aceptan por escrito proteger la información de la misma manera en que nosotros estamos obligados a protegerla; 

  • A las autoridades policiales, para denunciar un delito que usted cometa o amenace con cometer en nuestras instalaciones o contra nuestro personal;

  • Para denunciar sospechas de abuso y negligencia infantil según lo exige la ley del estado de Nueva York; 

  • Al personal calificado para la investigación sujeto a la aprobación y supervisión del comité de ética; 

  • A una entidad que tenga control administrativo directo sobre el programa de la Parte 2;

  • Al personal calificado para auditoría o evaluación del programa que a) acepta por escrito proteger la información según lo exigen nuestras políticas, b) representa a agencias gubernamentales federales, estatales o locales que están autorizadas (permitidas) por ley para supervisar nuestro programa, o c) brinda asistencia financiera al programa o proporciona pago por atención médica; 

  • Según lo permita una orden judicial, que incluya una citación u otro mandato legal que nos exija compartir su información. En particular, tenga en cuenta que los registros, o el testimonio sobre sus registros, no se pueden compartir en ningún procedimiento civil, administrativo, penal o legislativo en su contra, a menos que exista un consentimiento específico por escrito o una orden judicial. Si existe una orden judicial, debemos informarle y brindarle la oportunidad de oponerse. Por lo general, le solicitaremos su consentimiento para compartir su información fuera de nuestro programa. 

Usos y divulgaciones de los registros de la Parte 2 que requieren su consentimiento por escrito: 

  • Cuando nos solicite por escrito que compartamos su información; 

  • Cuando usted consiente que un programa de la Parte 2 comparta información sobre usted fuera del programa para futuros tratamientos, pagos y operaciones de atención médica. Las organizaciones que recibirían su información para estos fines están obligadas por ley o contrato a proteger su información según lo exige la ley federal que protege los registros de la Parte 2 o la HIPAA. Los destinatarios que están obligados a proteger su información según lo exige la HIPAA solo podrán compartirla según lo permita la HIPAA, excepto que no podrán divulgarla nuevamente para procedimientos civiles, penales, administrativos y legislativos en su contra. 

Los registros de la Parte 2 que se divulgan a un programa de la Parte 2, una entidad cubierta o un socio comercial (como se describe en el SBOHCA NPP) con base en su consentimiento por escrito para el uso y la divulgación para el tratamiento, el pago y las operaciones de atención médica pueden ser divulgados aún más por ese programa de la Parte 2, entidad cubierta o socio comercial, sin su consentimiento por escrito, en la medida en que HIPAA permita dicha divulgación.

Un programa de la Parte 2 puede usar o divulgar registros para recaudar fondos en beneficio del programa de la Parte 2 solo si primero se le brinda una oportunidad clara y visible de optar por no recibir comunicaciones de recaudación de fondos. Tiene derecho a optar por no recibir comunicaciones de recaudación de fondos de un programa de la Parte 2. Nuestro Plan de Recaudación de Fondos de la SBOHCA (Plan de Recaudación de Fondos de la SBOHCA) proporciona instrucciones sobre cómo optar por no recibir estas comunicaciones.

El Título 42 del Código de Regulaciones Federales (CFR), Parte 2, le permite proporcionar un programa de la Parte 2 con un solo consentimiento para todos los usos o divulgaciones futuras de los registros de la Parte 2 con fines de tratamiento, pago y operaciones de atención médica. El programa de la Parte 2 solo utilizará y divulgará su información protegida según lo descrito en este aviso o con su consentimiento por escrito.

Si consiente que compartamos su información, puede cambiar de opinión y solicitarnos que no lo hagamos en cualquier momento notificándonoslo por escrito. Puede revocar su consentimiento presentando una solicitud por escrito o solicitando una adaptación razonable para un proceso de revocación alternativo comunicándose con el programa de la Parte 2 donde recibe atención. Si cambia de opinión, dejaremos de compartir su información en el futuro, pero no podremos retirar la información que ya se haya compartido.

Si se le ordenó un tratamiento por SUD a través del sistema legal penal (incluido el tribunal de drogas, la libertad condicional o la libertad bajo palabra) y firma un consentimiento que autoriza las divulgaciones a partes del sistema legal penal, como el tribunal, los oficiales de libertad condicional, los oficiales de libertad bajo palabra, los fiscales u otras fuerzas del orden, su derecho a revocar el consentimiento puede ser más limitado y debe explicarse claramente en el consentimiento que firme.

Los registros de la Parte 2, o el testimonio que revele su contenido, no se utilizarán ni divulgarán en ningún procedimiento civil, administrativo, penal o legislativo en su contra, a menos que se basen en su consentimiento específico por escrito o en una orden judicial. Los registros de la Parte 2 solo se utilizarán o divulgarán con base en una orden judicial previa notificación, y se le brindará a usted (el paciente) y/o al titular del registro la oportunidad de objetar, cuando así lo exijan el Título 42 del Código de los Estados Unidos, Sección 290dd-2, y el Título 42 del Código de Reglamentos Federales, Parte 2. Una orden judicial que autorice el uso o la divulgación debe ir acompañada de una citación u otro mandato legal similar que obligue a la divulgación antes de que se utilice o divulgue el registro.

Tus derechos: Como paciente de un programa de la Parte 2, usted tiene ciertos derechos con respecto a sus registros de la Parte 2, además de los derechos descritos en nuestro NPP de SBOHCA. 

  • Tiene derecho a solicitar restricciones sobre las divulgaciones realizadas con su consentimiento previo para fines de tratamiento, pago y atención médica, incluso cuando haya otorgado previamente su consentimiento por escrito. Revisaremos su solicitud, pero no estamos obligados a aceptarla a menos que se refiera a compartir información con su aseguradora y su atención ya haya sido pagada por otra fuente. Si aceptamos su solicitud, aún podremos compartir su información cuando sea necesario para atención de emergencia o cuando lo exija la ley. Consulte nuestro Plan de Protección de Datos de SBOHCA para obtener instrucciones sobre cómo ejercer este derecho.

  • Tiene derecho a un registro (lista) de las divulgaciones realizadas a través de un expediente médico electrónico por el programa Parte 2 a personas externas a nuestro programa durante los últimos tres años, incluyendo información sobre quién recibió sus expedientes protegidos, la fecha de la divulgación y una breve descripción de la información divulgada. Además, si dio su consentimiento para compartir su información para tratamiento a través de un intercambio de información médica, una organización de gestión de la atención u otro intermediario, tiene derecho a una lista de las divulgaciones realizadas por un intermediario durante los últimos tres años. Consulte nuestro Plan de Protección de Datos de SBOHCA para obtener instrucciones sobre cómo ejercer este derecho.

  • Tiene derecho a obtener una copia impresa o electrónica de este aviso, así como de nuestro Plan de Protección de Datos de la SBOHCA (NPP). Puede solicitar una copia impresa en la recepción o en el registro. También puede encontrar este aviso en stonybrookmedicine.edu/patientcare/privacy. 

Nuestros deberes: Respetamos la necesidad de mantener la confidencialidad de su atención. Estamos obligados a cumplir con los términos del aviso vigente. Si modificamos la gestión de sus registros, modificaremos nuestro aviso y le enviaremos uno nuevo en su próxima visita si aún recibe atención. Si ya no recibe atención en el programa, puede solicitar una copia actualizada de nuestro aviso o consultar la versión más reciente en nuestro sitio web. 

quejas: Si tiene alguna inquietud o pregunta sobre este aviso o su privacidad, puede hablar con alguien en el programa de la Parte 2 donde recibe atención o comunicándose con la Oficina de Privacidad de Stony Brook Medicine a:

7 Flowerfield, Suite 36, St. James, Nueva York 11780
Teléfono: (631) 444-5796; Fax: (631) 223-4310; 
Correo electrónico: HIPAA@stonybrookmedicine.edu or 
en línea en el sbuh.navexone.com.

Además, tiene derecho a presentar una queja ante la Oficina de Derechos Civiles (OCR) del Secretario del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS). Puede hacerlo accediendo a hhs.gov/hipaa/presentar-una-queja/index.html o utilizando los otros métodos de contacto disponibles en el Plan de Protección de Datos de SBOHCA. El paciente no está obligado a denunciar una presunta infracción ni a la OCR ni a la SBM, pero puede hacerlo a cualquiera de las dos o a ambas. No se tomarán represalias por presentar una queja. Para obtener más información, puede comunicarse con la Oficina de Privacidad de la SBM utilizando la información de contacto indicada anteriormente.

 

Fecha de vigencia: febrero 16, 2026
 

Para adaptaciones relacionadas con la accesibilidad, llame al (631) 444-4000.